Sección: Consultas de trabajadores -
Actualizado a enero del 2021 -
En el Perú, cuando se produce el cese de un trabajador por el motivo de que fuese (despido, renuncia, término de contrato, jubilación, mutuo disenso, etc.), el empleador se encuentra obligado a pagarle sus remuneraciones y beneficios sociales pendientes de pago, los cuales deberán ser detalladas en un documento que recibe el nombre de liquidación de beneficios sociales, cuya suma total deberá ser abonada al trabajador, a más tardar, dentro de las 48 horas siguientes a la fecha en la que se produjo el cese.
Sin embargo, son muchos los casos de personas que nos comentan que han transcurrido semanas e incluso meses desde que se produjo su cese y su empleador aún no ha cumplido con pagarles sus adeudos laborales pendientes, ante lo cual nos consultan qué es lo que podrían hacer para que sus empleadores cumplan con este pago que por ley les corresponde, entre otras preguntas relacionadas con el tema.
En razón de ello, a continuación daremos respuesta a dos de las principales preguntas que suelen hacernos con respecto a este tema.
¿Qué hago si mi empleador no me pagó mis beneficios oportunamente?
Si su empleador no ha cumplido con su obligación de abonarle sus remuneraciones y beneficios sociales pendientes dentro del plazo que establece la ley (48 horas siguientes a la fecha en la que se produjo el cese), usted podría optar por cualquiera de las siguiente alternativas:
Si su empleador no ha cumplido con su obligación de abonarle sus remuneraciones y beneficios sociales pendientes dentro del plazo que establece la ley (48 horas siguientes a la fecha en la que se produjo el cese), usted podría optar por cualquiera de las siguiente alternativas:
1) Remitir carta de cobro de beneficios sociales
El trabajador puede optar por redactar una carta sobre cobro beneficios sociales, la cual deberá enviar a su empleador, y para ello deberá contratar los servicios de una notaría. Cada notaría establece sus propias tarifas, pero estimamos que en promedio, el servicio de notificación notarial de esta carta de cobro de beneficios sociales tiene un costo aproximado de S/ 25.00.No obstante, es importante señalar que muchas veces los empleadores suelen cumplir con su obligación de pagar los beneficios pendientes al trabajador luego de enviada esta carta, pero no siempre es así. Por ello, si esta alternativa no le funcionó, le sugerimos optar por cualquier de las dos siguientes.
2) Denuncia ante Sunafil por el incumplimiento
3) Demanda judicial sobre beneficios sociales
¿Puedo redactar yo mismo la carta de cobro de beneficios o debo contratar a alguien?
Depende de usted. (Nosotros podemos brindarle este servicio).
Si desea redactar la carta de cobro de beneficios sociales usted mismo, a continuación le presentamos un modelo básico.
Trujillo, 25 de mayo del 2020
Señor (a): Ernesto Luis García Mendoza
Gerente de Boticas del Norte SAC
Dirección: Jr. Grau Nº 425 Piso 1 - Trujillo - La Libertad
Presente. -
Por medio de la presente tengo el agrado de saludarlo y al mismo tiempo le manifiesto que, a pesar de haber transcurrido más de 48 horas de mi cese con la empresa, donde laboré desde el 16/05/2019 hasta el 15/05/2020 siendo mi último horario de lunes a sábados de 01:00 p.m. a 09:00 p.m., todavía no ha procedido a cancelarme beneficios pendientes de pago que por ley me corresponden.
Por lo mismo, agradeceré que dentro del término de 72 horas de recepcionada la presente se proceda al pago de mis beneficios sociales, y asimismo, me haga entrega de un certificado de trabajo y de la carta de liberación de los fondos acumulados en mi cuenta de CTS.
De lo contrario, procederé conforme a los mecanismos que me franquea la legislación e imputando los intereses legales respectivos.
Atentamente;
Oscar Lozada Benites Pereda
DNI Nº 45522351
Dirección: Juan Ganoza Nº 8102 - Urb. San Andrés - Trujillo