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Descuentos al sueldo de abril por aportes a la AFP - Caso práctico



Fecha: 30/04/2020
Sección: Cálculos laborales


Con la finalidad de reducir el impacto económico del aislamiento social obligatorio, el Gobierno del Perú ha emitido diferentes normas mediante las cuales se han establecido una serie de beneficios en favor de las empresas y de los trabajadores.


Una de estas normas es el Decreto de Urgencia N° 033-2020, mediante el cual se establecieron diversas medidas en favor de los trabajadores, como por ejemplo, la suspensión temporal y excepcional del aporte al Sistema Privado de Pensiones en el mes de abril.

Pero, entonces, ¿esto significa que en la boleta de pago de abril los trabajadores afiliados a una AFP no tendrán ningún descuento con respecto al aporte previsional?

Para conocer la respuesta debemos remitirnos al artículo 10° del referido decreto, el cual establece lo siguiente:

Artículo 10°: "De manera excepcional, y por el periodo de pago de la remuneración correspondiente al mes de abril del 2020, suspéndase la obligación de retención y pago de los componentes del aporte obligatorio del 10% de la remuneración asegurable destinado a la Cuenta Individual de Capitalización y la comisión sobre el flujo descontada mensualmente a los trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones (...)".

Esto quiere decir que a los trabajadores afiliados a una AFP no se le descontará en su boleta de pago de abril el aporte obligatorio (10%) ni la comisión variable, pero sí se le descontará la prima de seguro.

Para ilustrar esta situación, a continuación presentamos un caso práctico en el cual se muestra el procedimiento para calcular el descuento que deben realizar los empleadores en abril a sus trabajadores que se encuentren afiliados a una AFP.


CASO PRÁCTICO


(I) INFORMACIÓN DEL TRABAJADOR

Juan Pérez nos pide que determinemos cuál es el monto que su empleador le debe descontar en su boleta de pago de abril del 2020; y para ello nos alcanza la siguiente información:

_ Fecha de ingreso: 16/01/2020
_ Remuneración básica: S/ 1,500.00.
_ Asignación familiar: S/ 93.00
_ AFP a la que se encuentra afiliado: Integra
_ Modalidad de la comisión: Comisión sobre flujo




(II) SOLUCIÓN

Paso N° 01: Verificar el porcentaje de la prima de seguros

El primer paso consiste en verificar el porcentaje de la prima de seguro, el cual se encuentra publicado en la página web de la Superintendencia de Banca y Seguros y equivale al 1.35%:





Paso N° 02: Determinar el valor de la remuneración asegurable mensual

El siguiente paso consiste en determinar el valor de la remuneración asegurable del trabajador correspondiente al mes de abril, la cual estará constituida por la suma de su remuneración básica y su asignación familiar.

Remuneración asegurable abril = Remun. básica + Asig. familiar
Remuneración asegurable abril = S/ 1,500.00 + S/ 93.00
Remuneración asegurable abril = S/ 1,593.00




Paso N° 03: Determinar el monto del descuento por aporte a la afp

Finalmente, se debe aplicar sobre la remuneración asegurable el porcentaje de la prima de seguros (1.35%) sobre la remuneración asegurable del mes de abril del 2020.

Descuento por aporte a la afp = (Remun. asegurable) x (% Prima Seguro)
Descuento por aporte a la afp = S/ 1,593.00 x 1.35%
Descuento por aporte a la afp = S/ 21.51


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