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Piden que Ministras de Trabajo y Economía sustenten la suspensión perfecta de labores






Sección: Noticias -
Fecha: 17/04/2020 -


El Gobierno ha emitido recientemente el Decreto de Urgencia N° 038-2020, mediante el cual se estableció diversas medidas con la finalidad de reducir el impacto del aislamiento decretado en el marco del Estado de Emergencia Nacional en la economía de los trabajadores y empleadores, dentro de las cuales se encuentra la autorización para que las empresas puedan solicitar la autorización correspondiente para aplicar la suspensión perfecta de labores.


Antes de la quincena de abril, las empresas cuya actividad principal no estaba relacionada con la comercialización y/o prestación de bienes y servicios básicos, debían implementar el trabajo remoto u otorgar a sus trabajadores licencia con goce de haber sujeta a compensación a sus trabajadores; sin embargo, ahora las empresas tienen la alternativa de suspender  en forma perfecta los contratos de sus trabajadores, lo cual ha generado malestar y mucha preocupación en los trabajadores que se encuentran en planilla porque podrían dejar de percibir sus remuneraciones hasta por 90 días.

Ante esta situación, la congresista Carolina Lizárraga (del partido morado) ha presentado el día de ayer una moción para citar a Silvia Cáceres (Ministra de Trabajo) y a Maria Antonieta Alva (Ministra de Economía y Finanzas) para que asistan a un Pleno Virtual con la finalidad de que sustenten el Decreto de Urgencia N° 038-2020, específicamente el punto relacionado con la suspensión perfecta de labores.


Según el documento presentado por la congresista, el referido decreto vulnera derechos de los trabajadores que se encuentran establecidos en la Constitución.

No obstante, señala que es deber del Estado velar por la salvaguarda de los derechos humanos y promover el bienestar general, y en razón de ello, considera que las ministras deben explicar por qué la norma es válida, y por ello, debe evaluarse en la Comisión de la Constitución y en el Pleno del Congreso.


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