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Cálculo de la retención mensual de quinta categoría

 


Sección: Tributación Laboral -
Redactado en Mayo 2021 -


El impuesto a la renta de quinta categoría es un impuesto de periodicidad anual; sin embargo, la Ley del Impuesto a la Renta establece que los empleadores tienen la obligación de retener mensualmente el impuesto a sus trabajadores.


El procedimiento para calcular el monto de la retención mensual se encuentra detallado en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (aprobado por D.S. 122-94-EF).

Sin embargo, suelen generarse diversas dudas al momento de aplicar el procedimiento para el cálculo de las retenciones mensuales del impuesto a la renta de quinta categoría, principalmente, cuando los trabajadores perciben el pago de conceptos extraordinarios tales como utilidades, bonificación por cierre de pliego, u otros.

Por ello, a continuación explicaremos cómo se deben calcular las retenciones de quinta categoría cuando el trabajador percibe ingresos ordinarios y cuando el trabajador, además, percibe ingresos extraordinarios; y asimismo, presentaremos 2 casos prácticos ilustrativos.



RETENCIÓN MENSUAL DE QUINTA CATEGORÍA
(Procedimiento general)

El Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta establece que para determinar las retenciones mensuales de quinta categoría, los empleadores deben proceder de la siguiente manera:

1) Determinación de la Renta Bruta


Para determinar la Renta Bruta se debe multiplicar la remuneración ordinaria mensual del trabajador por el número de meses que faltan para terminar el ejercicio, incluyendo el mes en el cual se está calculando la retención.

Luego, al resultado obtenido en el punto anterior, se le deben sumar las gratificaciones ordinarias del ejercicio y las remuneraciones percibidas por el trabajador en los meses anteriores al mes en el cual se está calculando la retención.


2) Determinación de la Renta Neta

Para determinar la Renta Neta debemos restar el valor de 7 UIT de la Renta Bruta. 

En el año 2021 el valor de la UIT es de S/ 4,400.00; por lo tanto, el valor de 7 UIT es de S/ 30,800.00.


3) Cálculo del Impuesto Anual Proyectado

Para calcular el Impuesto Anual Proyectado, a la Renta Neta se le debe aplicar las tasas previstas en el artículo 53° de la Ley. (8%, 14%, 17%, 20% y 30%).


4) Cálculo del Impuesto Mensual a Retener

El cálculo del Impuesto Mensual a Retener varía según el mes en el cual se calcula la retención. El procedimiento que se debe seguir es el que se detalla a continuación:

(i) En los meses de enero a marzo,  el Impuesto Anual Proyectado se debe dividir entre 12.


(ii) En el mes de abril, al Impuesto Anual Proyectado se le deben restar las retenciones aplicadas al trabajador desde enero hasta marzo y el resultado se debe dividir entre 9.

(iii) En los meses de mayo a julio, al Impuesto Anual Proyectado se le deben restar las retenciones aplicadas al trabajador desde enero hasta abril y el resultado se debe dividir entre 8.

(iv) En el mes de agosto, al Impuesto Anual Proyectado se le deben restar las retenciones aplicadas al trabajador desde enero hasta julio y el resultado se debe dividir entre 5.

(v) En los meses de septiembre a noviembre, al Impuesto Anual Proyectado se le deben restar las retenciones aplicadas al trabajador desde enero hasta agosto y el resultado se divide entre 4.

(vi) En diciembre se efectúa el ajuste final del impuesto, para lo cual se deben deducir las retenciones aplicadas al trabajador desde enero hasta noviembre.



RETENCIÓN MENSUAL CUANDO SE PERCIBEN INGRESOS EXTRAORDINARIOS

Cuando el trabajador percibe el pago de utilidades, bonos por cierre de pliego, bonificaciones extraordinarias o el pago de cualquier otro concepto de naturaleza extraordinaria, el procedimiento para calcular la retención mensual es el siguiente:

1) Cálculo de la Retención Mensual por los Ingresos Ordinarios

Para calcular el monto de la retención mensual por los ingresos ordinarios que percibió el trabajador, debemos aplicar el procedimiento general detallado anteriormente.


2) Cálculo de la Retención Mensual por los Ingresos Extraordinarios


Para calcular el monto de la retención por los ingresos extraordinarios que percibió el trabajador en el mes, debemos aplicar el siguiente procedimiento:

(i) A la Renta Neta determinada en el cálculo N° 1 se le deben sumar los ingresos extraordinarios percibidos en el mes.

(ii) A la suma obtenida en el punto anterior se le deben aplicar las tasas del impuesto establecidas en el artículo 53° de la Ley (8%, 14%, 17%, 20% y 30%).

(iii) Finalmente, al monto obtenido en el punto anterior se le debe restar el Impuesto Anual Proyectado determinado en el cálculo de la retención por los ingresos ordinarios.
Este resultado será el monto de la retención mensual por los ingresos extraordinarios.


3) Cálculo de la Retención Total del Mes

Para calcular la retención total del mes debemos sumar la retención mensual por los ingresos ordinarios y la retención mensual por los ingresos extraordinarios. 



CASO PRÁCTICO N° 1

En este primer caso práctico veremos cuál es procedimiento que se debe seguir para calcular la retención mensual de quinta categoría del mes de marzo del 2021 de un trabajador que percibe ingresos ordinarios (remuneración básica y asignación familiar) y no percibe ingresos extraordinarios.


I. Información del trabajador

_ Nombre del Trabajador: Juan Pérez
_ Régimen Laboral: Común
_ Fecha de Ingreso: 01/12/2020
_ Remuneración Básica: S/ 3,500.00
_ Asignación Familiar: S/ 93.00


II. Solución

1. Cálculo de la Remun. Ordinaria Mensual (ROM)

Remun. Ordinaria Mensual (ROM) = Remun. Básica + Asig. Familiar
Remun. Ordinaria Mensual (ROM) = S/ 3,500.00 + S/ 93.00
Remun. Ordinaria Mensual (ROM) = S/ 3,593.00


2. Cálculo de los Ingresos Proyectados

Remun. Proyectada (Mar. - Dic.) = ROM x N° de meses
Remun. Proyectada (Mar. - Dic.) = S/ 3,593.00 x 10
Remun. Proyectada (Mar. - Dic.) = S/ 35,930.00

Gratif. Proyectadas = Gratif. Julio 2021 + Gratif. Diciembre 2021
Gratif. Proyectadas = S/ 3,593.00 + S/ 3,593.00
Gratif. Proyectadas = S/ 7,186.00

Bonif. 9% Proyectada = Bonif. Gratif. Julio 2021 + Bonif. Gratif. Diciembre 2021
Bonif. 9% Proyectada = (9% x S/ 3,593.00) + (9% x S/ 3,593.00)
Bonif. 9% Proyectada = S/ 323.37 + S/ 323.37
Bonif. 9% Proyectada = S/ 646.74

Total Ingresos Proyectados = Remun. + Gratif. + Bonif. 9%
Total Ingresos Proyectados = S/ 35,930.00 + S/ 7,186.00 + S/ 646.74
Total Ingresos Proyectados = S/ 43,762.74



3. Cálculo de los Ingresos de Meses Anteriores

Ingresos Meses Anteriores = Remun. Enero 2021 + Remun. Febrero 2021
Ingresos Meses Anteriores = S/ 3,593.00 + S/ 3,593.00
Ingresos Meses Anteriores = S/ 7,186.00


4. Cálculo de la Renta Bruta Anual

Renta Bruta Anual = Ingresos Proyectados + Ingresos de Meses Anteriores
Renta Bruta Anual = S/ 43,762.74 + S/ 7,186.00
Renta Bruta Anual = S/ 50,948.74


5. Cálculo de la Renta Neta Anual

Renta Neta Anual = Renta Bruta Anual - 7 UIT's
Renta Neta Anual = S/ 50,948.74 - S/ 30,800.00
Renta Neta Anual = S/ 20,148.74


6. Cálculo del Impuesto Anual

Impuesto Anual = Renta Neta Anual x 8%
Impuesto Anual = S/ 20,148.74 x 8%
Impuesto Anual = S/ 1,611.90


7. Cálculo de la Retención Mensual

Retención 5ta Categoría Marzo 2021 = Impuesto Anual / 12
Retención 5ta Categoría Marzo 2021 = S/ 1,611.90 / 12
Retención 5ta Categoría Marzo 2021 = S/ 134.33



CASO PRÁCTICO N° 2

En este segundo caso práctico veremos cuál es procedimiento que se debe seguir para calcular la retención mensual de quinta categoría del mes de abril del 2021 de un trabajador que percibe ingresos ordinarios (remuneración básica y asignación familiar) e ingresos extraordinarios (utilidades).


I. Información del Trabajador

_ Nombre de la Trabajadora: Brenda Castillo
_ Régimen Laboral: Común
_ Fecha de Ingreso: 01/10/2020
_ Remuneración Básica: S/ 3,000.00
_ Asignación Familiar: S/ 93.00
_ Utilidades: S/ 5,000.00
_ Retención de 5ta categoría de enero: S/ 87.06
_ Retención de 5ta categoría de febrero: S/ 87.06
_ Retención de 5ta categoría de marzo: S/ 87.06


II. Solución

1. Determinación de la Retención por los Ingresos Ordinarios

a) Cálculo de la Remun. Ordinaria Mensual (ROM)

Remun. Ordinaria Mensual (ROM) = Remun. Básica + Asig. Familiar
Remun. Ordinaria Mensual (ROM) = S/ 3,000.00 + S/ 93.00
Remun. Ordinaria Mensual (ROM) = S/ 3,093.00


b) Cálculo de los Ingresos Proyectados

Remun. Proyectada (Abr. - Dic.) = ROM x N° de meses
Remun. Proyectada (Abr. - Dic.) = S/ 3,093.00 x 9
Remun. Proyectada (Abr. - Dic.) = S/ 27,837.00

Gratif. Proyectadas = Gratif. Julio 2021 + Gratif. Diciembre 2021
Gratif. Proyectadas = S/ 3,093.00 + S/ 3,093.00
Gratif. Proyectadas = S/ 6,186.00

Bonif. 9% Proyectada = Bonif. Gratif. Julio 2021 + Bonif. Gratif. Diciembre 2021
Bonif. 9% Proyectada = (9% x S/ 3,093.00) + (9% x S/ 3,093.00)
Bonif. 9% Proyectada = S/ 278.37 + S/ 278.37
Bonif. 9% Proyectada = S/ 556.74

Total Ingresos Proyectados = Remun. + Gratif. + Bonif. 9%
Total Ingresos Proyectados = S/ 27,837.00 + S/ 6,186.00 + S/ 556.74
Total Ingresos Proyectados = S/ 34,579.74


c) Cálculo de los Ingresos de Meses Anteriores

Ingresos Meses Anteriores = Remun. Enero + Remun. Febrero + Remun. Marzo
Ingresos Meses Anteriores = S/ 3,093.00 + S/ 3,093.00 + S/ 3,093.00
Ingresos Meses Anteriores = S/ 9,279.00


d) Cálculo de la Renta Bruta Anual

Renta Bruta Anual = Ingresos Proyectados + Ingresos de Meses Anteriores
Renta Bruta Anual = S/ 34,579.74 + S/ 9,279.00
Renta Bruta Anual = S/ 43,858.74


e) Cálculo de la Renta Neta Anual (1)

Renta Neta Anual (1)  = Renta Bruta Anual - 7 UIT's
Renta Neta Anual (1) = S/ 43,858.74 - S/ 30,800.00
Renta Neta Anual (1) = S/ 13,058.74


f) Cálculo del Impuesto Anual Total (1)

Impuesto Anual Total = Renta Neta Anual (1) x 8%
Impuesto Anual Total= S/ 13,058.74 x 8%
Impuesto Anual Total = S/ 1,044.70


g) Cálculo del Impuesto Anual Neto (1)

Impuesto Anual Neto = Impuesto Anual Total - Retenciones de Enero a Marzo
Impuesto Anual Neto= S/ 1,044.70 - (S/ 87.06 + S/ 87.06 + S/ 87.06)
Impuesto Anual Neto = S/ 783.52


h) Cálculo de la Retención por los Ingresos Ordinarios

Retención por los Ingresos Ordinarios = Impuesto Anual Neto / 9
Retención por los Ingresos Ordinarios = S/ 783.52 / 9
Retención por los Ingresos Ordinarios = S/ 87.06


2. Determinación de la Retención por los Ingresos Extraordinarios

a) Cálculo de la Renta Neta Anual (2)

Renta Neta Anual (2)  = Renta Neta Anual (1) + Utilidades
Renta Neta Anual (2) = S/ 13,058.74 + S/ 5,000.00
Renta Neta Anual (2) = S/ 18,058.74


b) Cálculo del Impuesto Anual Total (2)

Impuesto Anual Total (2) = Renta Neta Anual (2) x 8%
Impuesto Anual Total (2) = S/ 18,058.74 x 8%
Impuesto Anual Total (2) = S/ 1,444.70


c) Cálculo de la Retención por los Ingresos Extraordinarios

Retención por Ingresos Extraord. = Imp. Anual Total (2) - Imp. Anual Total (1)
Retención por Ingresos Extraord. = S/ 1,444.70 - S/ 1,044.70
Retención por Ingresos Extraord. = S/ 400.00


3. Determinación de la Retención Total del Mes de Abril del 2021

Retención abril 2021  = Retención Ingresos Ord. +  Retención Ingresos Extraord.
Retención abril 2021 = S/ 87.06 + S/ 400.00
Retención abril 2021 = S/ 487.06


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