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Aprueban la versión 3.6 del PDT PLAME



Sección: Noticias -
Fecha: 31/01/2019 -

El día de ayer se publicó en el Diario Oficial El Peruano la norma que aprueba la versión 3.6 de la planilla electrónica - PDT PLAME, la cual deberá ser utilizada por los empleadores, en forma obligatoria, a partir de la declaración del mes de enero del 2019, la cual se debe realizar en el mes de febrero del presente año. 


Uno de los cambios introducidos en esta nueva versión está relacionado con el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo importe se ha establecido en S/ 4,200.00 para el año 2019, la cual sirve como base referencial para el cálculo de determinados tributos, como por ejemplo, el impuesto a la renta.

Otro de los cambios implementados en la versión 3.6 de la PLAME es la opción que permite a los empleadores detallar como suspensión de la relación laboral a las licencias que se conceden a los trabajadores con familiares directos en estado grave o terminal o que han sufrido accidente grave de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30012 y a las licencias que se conceden a los trabajadores para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de personas con discapacidad de conformidad con lo establecido en la Ley 30119.

Asimismo, está nueva versión de la PLAME incluye modificaciones al Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica y al Anexo 3: Estructura des los archivos de importación de la Resolución Ministerial 121-2011-TR, las cuales se realizaron con la finalidad de adecuar dichos anexos con la normativa sobre documentos de identificación de extranjeros, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo 1350.

Fuente: El Peruano.

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