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Lavado de Activos: ¿En qué consisten los actos de conversión y transferencia?


1. INTRODUCCIÓN

El lavado de activos es un delito que consiste en la realización de un conjunto de actos mediante los cuales se pretende dar apariencia de legalidad a los activos provenientes de actividades delictivas, tales como: narcotráfico, minería ilegal, extorsiones, trata de personas, etc., introduciendo dichos activos en el sistema económico y financiero.

Dichos actos de lavado de activos no suelen ser los mismos en todos los casos, al contrario, son cada vez más variados; sin embargo, existe una clasificación para todos ellos 

Dicha clasificación se encuentra en el Decreto Legislativo N° 1106 y es la siguiente: (i) Actos de Conversión y Transferencia, (ii) Actos de Ocultamiento y Tenencia y (iii) Actos de Transporte, Traslado, Ingreso o Salida del Territorio Nacional de Efectivo y/o Títulos Valores.

Queda claro, entonces, que existen 3 tipos de actos de lavado de activos; de los cuales hemos elegido a los Actos de Conversión y Transferencia como tema central en el presente artículo, y en los siguientes apartados vamos a comentar sobre diferentes aspectos relevantes acompañados de ejemplos ilustrativos.


2. ¿QUÉ SON LOS ACTOS DE CONVERSIÓN Y TRASFERENCIA?

Ninguna norma, en nuestro país, contempla las definiciones de Actos de Conversión y Transferencia en el delito de lavado de activos.

Ante dicha situación, nos hemos visto obligados a recurrir a diferentes fuentes, dentro de las cuales hemos encontrado las obras del maestro Prado Saldarriaga (1), quien define a ambos tipos de actos de la siguiente manera:

1) Actos de Conversión: 

Involucran todas las formas posibles de colocación o movilización primaria del dinero líquido obtenido de una actividad criminal. Incluso, cabe considerar dentro de tales conductas, a la recolección de dinero sucio, siempre que ella sea ejecutada por el mismo delincuente que tendrá a su cargo, luego, la operación del lavado.

En la materialización de las conductas de conversión del dinero ilícito, se puede recurrir a varias técnica de estructuración y fraccionamiento, como el uso de "pitufos" con la finalidad de eludir controles preventivos.

Asimismo, se puede realizar, con ese capital líquido, inversiones, adquisición de inmuebles, automóviles, títulos valores o incluso proceder a su intercambio por moneda extranjera.




2) Actos de Transferencia: 

Representan las operaciones de lavado de activos posteriores a la etapa de colocación; es decir, todas aquellas que corresponden a la fase de intercalación donde el objetivo del agente es alejar los capitales o bienes convertidos de su origen ilícito y de su primera transformación. No se trata, pues, solo de transferencias bancarias, sino de toda actividad de transformación sucesiva y continua de bienes como permutas, reventas, etc.

Tampoco es un requisito esencial que los actos de transferencia se realicen con cobertura o alcance internacional.

En consecuencia, constituyen también formas de transferencia todos los actos o negocios jurídicos, de cualquier clase, que sucesivamente involucren la traslación del dominio, la posesión o la tenencia de toda clase de bienes o ganancias de origen ilícito convertidas, sea que se realicen a título oneroso o gratuito.




3. ¿PARA LA TIPIFICACION DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS DEBEN REALIZARSE LOS ACTOS DE CONVERSION Y LOS DE TRANSFERENCIA?

En la parte introductoria de este articulo hemos indicado que los actos de lavado de activos se clasifican: i) actos de conversión y transferencia, ii) ocultamiento y tenencia y iii) transporte, traslado, ingreso o salida del territorio nacional.

Teniendo en cuenta ello, cabe hacerse las siguientes preguntas: ¿para la tipificación del delito de lavado de activos es necesario que se realicen los 3 tipos de actos? ¿o quizás deben realizarse, por lo menos, los actos de conversión y transferencia?

Nuestra respuesta se condice con la del maestro Prado Saldarriaga (2), quien sostiene lo siguiente:

"(...) para la tipicidad del delito no es menester que el agente realice dos o más de los comportamientos tipificados, bastando, solamente, que el autor practique cualquiera de las hipótesis (actos) previstas por la ley, para que su conducta adquiera relevancia penal. No obstante, por las características y conexión de los actos descritos resulta frecuente que quien convierta, transfiera u oculte bienes (...) sea proclive a cometer sucesiva o simultáneamente más de uno de los actos criminalizados (...)"

Es decir, para la tipificación del delito de activos no es necesario que se realicen los 3 tipos de actos descritos anteriormente, basta con que se realice uno de ellos para que dicho acto adquiere relevancia penal. Sin embargo, debido a las propias características del delito, quien lava activos suele realizar más de un tipo de acto.


4. EJEMPLOS EXTRAIDOS DE PROCESOS JUDICIALES CON SENTENCIA CONDENATORIA POR LAVADO DE ACTIVOS

En este punto compartiremos algunos ejemplos reales sobre actos de conversión y transferencia que hemos extraído de procesos judiciales con sentencias condenatorias firmes por lavado de activos.

CASO N° 01 - ACTOS DE CONVERSIÓN Y TRANSFERENCIA

Una persona incrementó ilegalmente su patrimonio durante el ejercicio de su función de Oficial Superior del Ejército Peruano (cargo que ejerció desde 1997). Se registró un desbalance patrimonial de S/ 374,885.00 (2000-2004). Luego, con la complicidad de su esposa, en el año 2000 adquirió un inmueble y luego transfirieron dicho bien, simulando una compraventa. Asimismo, la esposa adquirió una póliza de seguro de vida, solventando su pago al contado con dinero ilícito ($ 34,000.00 dólares americanos), proporcionado por el Oficial. 

Actos de conversión: 
(i) Adquisición de inmueble
(ii) Adquisición de póliza de seguro de vida.

Actos de transferencia:
(i) Transferencia de inmueble mediante contrato de compraventa simulado.



CASO N° 02 - ACTOS DE CONVERSIÓN Y TRANSFERENCIA

Adquisición ($ 6,000.00 dólares americanos) de un vehículo con dinero proveniente del tráfico ilícito de drogas y posterior venta ($ 4,700.00 dólares americanos), con una pérdida de $ 1,300.00 dólares americanos.

Actos de conversión: 
(i) Adquisición de vehículo

Actos de transferencia:
(i) Venta de vehículo.


CASO N° 03 - ACTOS DE CONVERSIÓN Y TRANSFERENCIA

Una persona falsificó una escritura pública de compraventa, mediante la cual el Ministerio de Educación (MINEDU) le transfiere un inmueble ubicado en Surco y al haber sido observada dicha escritura pública por el Registro de Propiedad Inmueble presentó diversos documentos falsificados (Resolución Ministerial, acta de sesión y constancia de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - Proinversión y constancia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN), logrando aparecer como propietaria. Posteriormente, con el apoyo de un abogado contrataron los servicios de un corredor inmobiliario, a fin de celebrar mediante engaño un contrato de mutuo con garantía hipotecaria sobre el citado inmueble por la suma de $ 200,000.00 dólares americanos; detectándose en la notaría que no existía ninguna transferencia por parte del MINEDU.
 
Luego de descubrirse la falsedad, y a fin de dificultar el origen del bien, mediante acto simulado transfirió el bien inmueble a otra persona quién efectuó el pago con un cheque de un banco de España correspondiente a su cuenta que ya estaba cerrada; es decir, pagó con cheque que carecía de efectos bancarios.

Actos de conversión: 
(i) Adquisición de inmueble con contrato de compraventa falsificado.

Actos de transferencia:
(i) Venta de inmueble a un tercero (se pagó con un cheque sin fondos).



CASO N° 04 - ACTOS DE CONVERSIÓN

La encargada de recaudar y manejar los ingresos de una asociación de vivienda - por disposición del Presidente - disponía ilegalmente de terrenos ocupados, entregándolos en posesión a cambio de diversas cantidades de dinero (pagos en cuota). Con el dinero obtenido ilícitamente adquiría vehículos.

Actos de conversión: 
(i) Adquisición de inmuebles.


CASO N° 05 - ACTOS DE TRANSFERENCIA

Tres (3) personas realizaron actos de transferencia simulados sobre un inmueble ubicado en Santiago de Surco que se encontraba en un procedimiento concursal derivado de la falta de pago de una empresa a un banco por préstamos otorgados en mérito a un patrimonio fideicometido en Garantía, constituido sobre el citado inmueble, con el objetivo que continúe bajo la posesión de la familia; el Liquidador designado estaba vinculado a dicha familia.

Se realizaron varias ventas simuladas ante una Notaría - cuyo notario tiene diversos procesos penales - y ninguna de las partes involucradas tenía patrimonio suficiente como para adquirir el inmueble.

Actos de transferencia: 
(i) Ventas simuladas de un inmueble ante notario con procesos penales.


________________
(1) PRADO SALDARRIAGA, Víctor, Derecho Penal. Parte Especial: Los Delitos, 1° Edición, Fondo Editorial PUCP, Lima 2017, p. 201-202
(2) PRADO SALDARRIAGA, Víctor, La criminalización del lavado de dinero, p. 95 






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